ANEXO 1 
PLANES O ACCIONES FORMATIVAS

Los planes o acciones formativas deberán definirse principalmente en base a los siguientes criterios o planteamientos:

Tipo Formación

Ámbito de aplicación

OBSERVACIONES

Profesional

Por niveles y a todos por igual

Se trata de una acción dirigida a un nivel funcional, razón por la que, salvo exigencias especificas, debe ser en principio uniforme para todo el personal adscrito al mismo nivel

Reciclaje

Específica de Célula, función, puesto trabajo, individuo, etc.

Es aquella formación específica y concreta para desarrollar una función determinada.

Jurídico/Laboral

A todo el personal en general, y en particular al de nuevo ingreso.

Se trata de facilitar el conocimiento de los aspectos básicos de la normativa Laboral tal como Estatuto Trabajadores, Convenio Empresa, Calendario, etc.

Promoción

Por niveles y a todos por igual

Específicamente prevista para los procesos de promoción interna.

En el seno de la Comisión ambas Partes determinarán el nivel de exigencias de conocimientos teórico/prácticos generales y aquellos específicos necesarios para desempeñar las funciones previstas. Asimismo definirá los temas o materias sobre los que versarán las pruebas de selección en los procesos de vacantes, en el bien entendido que por la complejidad de algunos temas no será una recopilación exhaustiva de contenido de cada uno de ellos, si por lo menos de referencia por cuanto al nivel de conocimientos exigido.

Esta información que deberá ser actualizada en función de la incorporación de nuevas tecnologías o metodología, debe tener difusión de carácter general y ser fácilmente conocida por toda la plantilla.

Las pruebas de selección en los procesos de vacantes deberán ajustarse a los niveles de conocimientos generales y específicos previstos.

Este bloque formativo será atendido por la Empresa en la medida de sus puntuales posibilidades, pero básicamente se trata de facilitar a toda la plantilla “a priori” información del nivel y tipos de formación a los que deberán ajustarse los exámenes de vacantes.

Es por tanto una decisión estrictamente personal el mejorar su nivel formativo por su cuenta y al margen de la Empresa. No obstante, la Dirección no se cierra a la posibilidad o conveniencia puntual en función de sus disponibilidades, de incluir en sus planes de Formación, temas o materias de interés común.

En todo caso, la formación para la “promoción” de impartirse en la Empresa lo será siempre fuera del horario de trabajo, procurándose no obstante siempre que las necesidades productivas lo permitan y con autorización de la línea de Mandos el facilitar cambios de turno, o modificaciones de horario que faciliten al personal interesado su asistencia a las clases correspondientes.